adhesión al día mundial de la visión
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La importancia de la concientización del control oftalmológico y las consecuencias de su no efectivización.
CONSIDERANDO:
Que las principales causas de discapacidad visual son los errores refractivos, las cataratas y el glaucoma.
Que la ceguera se origina principalmente por la presencia de cataratas, glaucoma y degeneración macular asociada a la edad (DMAE).
Que según el INDEC un 10,2% de la población Argentina posee algún tipo de discapacidad.
Que de ese total, casi 900.000 personas poseen alguna discapacidad visual en la Argentina.
Que no todas las discapacidades visuales tienen las mismas características. Que existen normativas que deben ser conocidas por el pleno de la comunidad con el fin de poder identificar las problemáticas y desde allí colaborar en el proceso de integración.
Que si hablamos de bastón blanco fácilmente una persona sabrá que el portador del mismo es una persona ciega.
Que más allá del blanco existen otras identificaciones a través del color del bastón.
Que desde el año 2017, en que se sancionó la ley 27420, quedó reglamentado el uso del bastón rojo y blanco "como instrumento de orientación y movilidad" para las personas con sordoceguera.
Que asimismo existe el bastón verde y se reserva como elemento de orientación y movilidad para personas con baja visión, cuyas necesidades y circunstancias no son las mismas que las personas con ceguera total
Que en 1996, la profesora de ciegos y disminuidos visuales Perla Mayo creó el Bastón Verde y en 2002 se aprobó la ley 25.682, que promueve su uso.
Que la función de este color es identificar a las personas con baja visión, cuyas necesidades y circunstancias no son las mismas que las personas con ceguera total.
Que las personas con baja visión son las que tiene entre 1/3 y un 1/10 de la visión normal o un campo visual igual o menor de 20° (cuando lo normal es 180°).
Que en todos los casos, el bastón es un elemento que ayuda a las personas ciegas o con baja visión en sus desplazamientos por la ciudad
Que bajo el lema ‘Atención Ocular en Todas Partes’, cada segundo jueves de Octubre se celebra el Día Mundial de la Visión, una efeméride impulsada desde el año 2000 por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por la Agencia Internacional para la Prevención de la Ceguera (IAPB).
Que se efectúa con el objetivo de concientizar e informar a la población sobre la ceguera, la discapacidad visual y la rehabilitación de las personas con discapacidad visual.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Adherir al Día Mundial de la Visión que se celebra cada segundo jueves de Octubre
ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en la semana correspondiente campañas de difusión y concientización destinadas a la prevención de las enfermedades que originan discapacidad visual, así como de las herramientas que facilitan la integración de las personas con discapacidad visual.
ARTICULO 3°.- De forma.