ASCENSOR BAJO NIVEL LORIA

VISTO:
            La reciente puesta en funcionamiento del ascensor en el paso peatonal del Paso Bajo Nivel Loria-Ayacucho de Lomas de Zamora, y
CONSIDERANDO:
Que, inaugurado el pasado 19 de julio del corriente año, el mismo se hizo conocido en todo el país a través de las redes sociales por un video filmado por una vecina que descendía por la rampa del paso peatonal y se encontraba con escaleras a su salida.
Que ante ello el Municipio señaló que faltaba la colocación de un ascensor y desde el día 7 de noviembre el paso peatonal ya cuenta con el mismo, habilitado para personas con movilidad reducida.
Que tiene capacidad para 6 personas y funciona de 8 a 20 horas.
Que, de esta forma, se limita a 12 hs. la posibilidad de libre desplazamiento a las personas con movilidad reducida.
Que hasta tanto el funcionamiento se habilite las 24hs los 365 días del año es necesaria la colocación de cartelería/ señalética de advertencia, en tamaño adecuado y visible con el horario de funcionamiento del ascensor tanto al inicio de la rampa como en el sector de la cabina del ascensor.
Que dicha advertencia es de suma importancia ya que, de esa forma, se evitará que al ingresar por fuera del horario establecido en la actualidad las personas con movilidad reducida se encuentren imposibilitados de salir y así eviten directamente el ingreso.
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POR TODO ELLO:
                                EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo con el fin de solicitar, con carácter de urgente, que hasta tanto se habilite el funcionamiento del ascensor del paso peatonal del bajo nivel Loria-Ayacucho las 24hs los 365 días se proceda a colocar cartelería/ señalética de advertencia, en tamaño adecuado y visible con el horario de funcionamiento del ascensor tanto al inicio de la rampa como en el sector de la cabina del mismo. Asimismo, se arbitren las medidas conducentes a garantizar en el menor tiempo posible el funcionamiento del ascensor las 24hs del día los 365 días del año.
ARTICULO 2º.- Apruébase la presente con su visto y sus considerandos.
ARTICULO 3º.- De forma.