ASIENTOS RESERVADOS TRANSPORTE AUTOMOTOR

VISTO:
Los reclamos de los pasajeros del servicio de transporte público de pasajeros dependiente de la Municipalidad de Lomas de Zamora por la falta de carteles que señalan asientos reservados para personas con discapacidad en varias unidades, y
CONSIDERANDO:
Que la ley 22.431 establece que las empresas de transporte tienen que tener colectivos accesibles. 
Que el Decreto 914/97 reglamenta los Artículos 20, 21 y 22 de la Ley 22431 obligando a reservar dos asientos para personas con discapacidad.
Que es potestad del Municipio controlar que el transporte público de pasajeros dependiente de la municipalidad de Lomas de Zamora cumpla con las normativas vigentes.

POR TODO ELLO:
                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo de Lomas de Zamora para que, a través del área pertinente, proceda a garantizar el efectivo cumplimiento de la disposición de la presencia del cartel de asientos reservados para personas con movilidad reducida en todas las unidades de transporte público de pasajeros dependiente de la Municipalidad de Lomas de Zamora.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3º.- De forma.