BLOQUEO DE DENGUE

VISTO:
El Boletín Epidemiológico Semana epidemiológica 18 26/04/20 al 01/05/20  elaborado por la Dirección de Epidemiología del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Airesque actualiza semanalmente la situación epidemiológica de la provincia

CONSIDERANDO
Que en el mismo, en relación a la situación del dengue en la provincia de Buenos Aires señala la aparición sostenida de casos autóctonos de dengue, en un escenario de brote ,en los siguientes 30 municipios:
● Región Sanitaria IV: San Nicolás.
● Región Sanitaria V: Escobar, José C Paz, General San Martín, Malvinas Argentinas, San Fernando, San Isidro, San Miguel, Tigre, Vicente López.
● Región Sanitaria VI: Los nueve municipios registran zonas con circulación viral autóctona.
● Región Sanitaria VII: General Rodríguez, Hurlingham, Ituzaingó, Merlo, Moreno, Morón y Tres de Febrero.
● Región Sanitaria X: Saladillo
● Región Sanitaria XI: Berisso, La Plata.
● Región Sanitaria XII: La Matanza. Se encuentran en evaluación posibles conglomerados de casos sin antecedente de viaje en los siguientes Municipios: Campana, San Vicente, Pilar, Marcos Paz y Pergamino.
Que  dentro de esos escenarios de brote se encuentra el Municipio de  Lomas de Zamora con 99 casos confirmados y 22 en observación
Que en 2020 hasta la SE 17 fueron confirmados 1990 casos de dengue, 1191 con diagnóstico de laboratorio y 799 por nexo epidemiológico. Del total de confirmados, 163 requirieron internación.
Que actualmente se encuentran en estudio 1001 casos probables, de los cuales 201 cuentan con antecedente de viaje a zonas con circulación viral conocida, siendo Paraguay el principal país visitado (121/201), y 800 casos no registran antecedente de viaje, distribuidos en las regiones sanitarias III, V, VI, VII, X, XI y XII.
Que la letalidad en la provincia de Buenos Aires es 0,20%
Que al presente la Dirección de Epidemiología del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires cuenta en sus registros con 9474 casos notificados de dengue en todas las regiones sanitarias.
Que  si se confirma un caso de dengue y es una zona de riesgo, como lo es el Municipio de Lomas de Zamora, se deben realizar las siguientes acciones: Informar al paciente, la familia y la comunidad sobre la enfermedad, el mosquito, el modo de transmisión y los métodos de prevención.  Explicar a la familia y al paciente la necesidad de proteger al paciente de las picaduras de mosquitos, utilizando barreras como telas mosquiteras mientras el paciente se encuentre febril.
Que los Hospitales, clínicas o profesionales actuantes en el diagnostico de la enfermedad deben informar con carácter de urgente a la autoridad epidemiológica  correspondiente, a los efectos de que la misma realice las acciones de bloqueo, conjuntamente con los agentes de control de vectores.
Que estas  acciones  de bloqueo consisten en: • Búsqueda activa de febriles en la manzana del caso sospechoso y en las 8 manzanas circundantes, • Eliminación/tratamiento químico de criaderos reales o potenciales y fumigación casa por casa. Asegurarse que en su hospital, centro de salud, consultorio del area  no se encuentren criaderos del mosquito ya que podría constituirse en centro de infección para el resto de los pacientes.
Que ante la situación de Pandemia por COVID 19 muchos pacientes son atendidos en sus domicilios  y diagnosticados en los mismos por profesionales a través de video consultas
Que en muchas circunstancias los profesionales demoran en elevar la información al municipio o queda en manos del paciente  la acción de informar al mismo el caso.
Que  habiendo tomado conocimiento de casos  de  pacientes  que han querido denunciar su enfermedad confirmada  han debido pasar por varios llamados  para recién ser recepcionado el mensaje y que,  cuando lograron la comunicación pasaron hasta dias sin haber tenido  ningún tipo de acción de bloqueo
Que dada la importancia del brote epidémico del dengue en la actualidad es necesario  garantizar la rapidez en las acciones de bloqueo.
Que a ello contribuirá sustancialmente  no solo el tener informados de los protocolos de acción a todo el personal  que está cargo de la recepción de mensajes de watshap, facebook y de las diferentes líneas telefónicas  de escucha del Municipio sino también al area de salud para efectivizar con la mayor celeridad las medidas de bloqueo
POR TODO ELLO: 
                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN

ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora, se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través de la áreas pertinentes se arbitren las medidas conducentes para :
1- Información  y formación del personal encargado de la recepción de los mensajes de watshap,  facebook y de las diferentes líneas telefónicas  de escucha del Municipio de la importancia de la urgente notificación de los pedidos a causa de dengue  al área de salud para la correcta acción
2- Efectivizar en forma rápida las medidas de bloqueo: • Búsqueda activa de febriles en la manzana del caso sospechoso y en las 8 manzanas circundantes, • Eliminación/tratamiento químico de criaderos reales o potenciales y fumigación casa por casa. Asegurarse que en existencia de un  hospital, centro de salud, consultorio del area  no se encuentren criaderos del mosquito ya que podría constituirse en centro de infección para el resto de los pacientes.
ARTICULO 2°.- Apruébese la presente con sus vistos y considerandos.
ARTICULO 3°.- De forma.