CARRERA PROFESIONAL HOSPITALARIA
VISTO:
El reiterado reclamo de los Trabajadores de la Salud del Municipio de Lomas de Zamora para que se efectúe el llamado a concurso de ingreso, pases y funciones, y
CONSIDERANDO:
Que se encuentra vigente la Ordenanza Nº 5.334
Que en virtud de la misma a partir del 1º de Enero de 1987 la Municipalidad de Lomas de Zamora adhirió al régimen para la “Carrera Profesional Hospitalaria” Instituido por la Ley provincial 10.471, excepto el capítulo VI “De la Disciplina” del Título III “Planta Permanente”.
Que en el texto adoptado en dicha ordenanza en el Artículo 3° señala que donde dice “Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires”, entiéndase como referido al Departamento Ejecutivo, Secretaría responsable del área equivalente de esta Municipalidad, para el caso de Lomas de Zamora Secretaria de Salud Pública.
Que en el Artículo 24 de la Ley 10471 de Carrera Profesional Hospitalaria explicita claramente que se deberá llamar obligatoriamente a tres (3) concursos por año: uno (1) de ingreso, uno (1) de pases y uno (1) de funciones. El concurso de pases se cumplirá en el primer cuatrimestre del año, el de ingreso en el segundo cuatrimestre y el de funciones en el tercer cuatrimestre.
Que las respuestas recibidas del Secretario de Salud el 29 de marzo y el 07 de abril del año 2021 a los pedidos efectuados en Expte 967-P-18 y Expte. 15-P-21, respectivamente, fueron las siguientes: “Vista la comunicación 967-P-18 se hace saber que…” “Atento a lo solicitado en el Expte. 15-P-21…”“…cumplo en informar con referencia al concurso en el ingreso de profesionales médicos, pases y funciones desde esta Secretaría se verá con agrado llamar a concursar por cargos de Jefes Medios Consultorios Externos, Guardia, etc. Cabe aclarar que con motivo de la Pandemia COVID-19 no se pudo realizar. Desde la Secretaría contaremos con los Programas y Requisitos. Los Concurso serán Internos y Externos y destinado para la Carera CPH de nuestros Hospitales y Unidades Sanitarias”.
Que habiendo vuelto a su cauce normal cada una de las actividades luego de la pandemia y pasado más de dos años y diez meses de las mencionadas respuestas aún no se está cumpliendo lo establecido en el Artículo 24 de la Ley 10.471 de Carrera Profesional Hospitalaria.
Que en el año 2022 se insistió en el reclamo a través de los Expte 274-P-22 Y 1349-P-22. Los cuales fueron girados a la Comisión de Salud sin obtener ningún tipo de respuesta hasta el día de la fecha.
Que es deber del Municipio dar cumplimiento a las Ordenanzas vigentes.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°.- °.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo para que se proceda a dar cumplimiento en lo establecido en el Artículo 24 de la Ley 10.471 de Carrera Profesional Hospitalaria llamando obligatoriamente a tres (3) concursos por año: uno (1) de ingreso, uno (1) de pases y uno (1) de funciones. El concurso de pases se cumplirá en el primer cuatrimestre del año, el de ingreso en el segundo cuatrimestre y el de funciones en el tercer cuatrimestre.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.