CASCO HISTÓRICO LOMAS DE ZAMORA
VISTO:
La solicitud de los miembros de la Junta de Estudios Históricos y Ambientales de Lomas de Zamora y Témperley de declarar Casco Histórico de la Ciudad al perímetro y superficie delimitados por las chacras entregadas a los pobladores el 14 de mayo de 1821, y
CONSIDERANDO:
Que el 14 de Mayo del 2022 se cumplieron 201 años del reparto de las chacras.
Que las calles anchas que delimitaban las chacras se conservarán como uno de los únicos testimonios físicos de esa época ya que se mantienen inalterables y nos muestran el nacimiento de nuestra ciudad y también su progreso.
Que los pobladores a quienes se les entregaron las chacras eran trabajadores de la tierra, tarea hecha a consciencia y de manera ardua.
Que el reparto de chacras se hizo con la anuencia del Gobernador (1820/1824) de la Provincia de Buenos Aires, Brigadier General Martin Rodríguez, en presencia del gestor de la iniciativa, Don Tomás Grigera Romero y la autoridad rural, el Acalde de Hermandad José Ferrari.
Que se detallan las esquinas, según plano Documento del Archivo Histórico de la Provincia de Buenos Aires, publicado en el libro de Historia de Lomas de Zamora “Desde el siglo XVI hasta la creación del Partido, 1861” de Arquitecto De Paula y Arquitecto Ramón Gutiérrez
1) Prolongación imaginaria de la calle Oliden hasta Pedernera
2) Chacabuco y Arenales
3) Chacabuco y Avenida Alsina
4) Avenida Alsina y Malabia
5) Uriarte y Avenida Hipólito Yrigoyen
6) Uriarte y Alvear
7) Alvear y Vieytes
8) Vieytes y Tucumán
9) Tucumán y Avenida Larroque
10) Avenida Larroque y Mentruyt
11) Mentruyt y Capello
12) Capello y Manuel Estrada
13) Sucre y Pavón
14) Posadas Pavón y Oliden
15) Monseñor Piaggio y Oliden
16) Molina Arrotea y Oliden
17) Oliden y Avenida Hipólito Yrigoyen
Que se propone una señalización del perímetro en las 17 esquinas mencionadas, de las 29 chacras.
Que el Expte.170-P-21 se encuentra en estudio en la comisión de Planeamiento y aún no contamos con respuesta.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Declárase Casco Histórico de la ciudad de Lomas de Zamora, al perímetro delimitado por las calles
Arenales-Chacabuco- Avenida Alsina –Malabia- Avenida Hipólito Yrigoyen- Uriarte- Alvear –Vieytes- Tucumán -Avenida Larroque- Mentruyt- Capello- Manuel Estrada - Sucre Pavón -Prolongación imaginaria de la calle Oliden hasta Pedernera
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.