CASOS DENGUE AUTOCTONO

VISTO:
La importancia de la información suministrada por Boletín epidemiológico de la Provincia de Buenos Aires Semana 3 (del 14 al 20 de enero del 2024) en relación al   aumento de casos Dengue autóctono en la Provincia en general y en nuestro Distrito en particular, y

CONSIDERANDO:
Que desde la SE 35/2023 hasta la SE 3/2024 se notificaron 2864 casos con sospecha de dengue, de los cuales 635 fueron confirmados, 45 son probables, 331 casos fueron descartados y 1853 aún continúan en estudio.
Que del total de casos confirmados, 455 refieren antecedente de viaje principalmente a Chaco y Formosa, 62 casos fueron confirmados sin antecedente de viaje y 118 se encuentran en investigación.
Que del total de casos confirmados autóctonos y en investigación (n=180), el 73% corresponden a las últimas dos semanas (2 y 3).
Que comparado con el 2022, actualmente se observa un aumento en los casos notificados y confirmados, con mayor número de casos en las regiones sanitarias (RS) de la Región AMBA.
Que las regiones que notificaron la mayor cantidad de casos son la RS V (24%), VI(35%), VII (14%).
Que Lomas de Zamora (16 casos autóctonos) forma parte de la Región Sanitaria VI (sexta) y que junto con Avellaneda (16) y Esteban Echeverria (12) son los que más casos presentan.
Que para la transmisión del mismo el Aedes Aegypti es un factor determinante en la transmisión.
Que el Aedes Aegyti no sólo es el agente transmisor del Dengue sino también del Zika y Chikungunya.
Que el dengue y su forma más grave, el dengue hemorrágico, causa mayores niveles de enfermedad;
Que se ha convertido, según la División contra las enfermedades tropicales de la Organización Mundial de la Salud, en la principal virosis transmitida por mosquitos en el mundo, por lo que cada año se registran millones de infecciones y, a veces, decenas de miles de muertes y que el número de infectados dependerá en gran parte de las medidas que tomen las autoridades locales; según el mismo organismo.
Que es estratégico el lugar del Estado Municipal en el diseño y ejecución de las políticas de prevención y control de enfermedades, dada la relación directa y el conocimiento de las características sociales y conductuales de la comunidad a la que están destinadas las mismas; y la posibilidad de que las medidas que éste tome tiendan a generar un “entorno favorable”, condición indispensable para promover cambios en las conductas de los sujetos, a partir de la modificación del entorno en el que viven o trabajan.
POR TODO ELLO:
    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que, a través de las áreas pertinentes, se proceda a:
1- Extremar las tareas de prevención, descacharrado, eliminación de fuentes de criaderos de Aedes Aegipty, desarmaderos, etc. y brindar información a la comunidad sobre el dengue con el fin de reducir su incremento en el territorio
2- Reforzar la detección oportuna de casos de síndrome febril agudo inespecífico en la atención y su correspondiente diagnóstico por laboratorio
3- Que todos los casos en los que se sospeche dengue u otra arbovirosis sean registrados en el SNVS para el adecuado monitoreo de la situación.
4- Que ante la sospecha de dengue u otra arbovirosis se implementen las acciones de control de foco en los sitios donde haya permanecido el caso y se reporten dichas acciones en el SNVS.
5- Que ante casos con resultados de laboratorio no conclusivos se refuerce la
           importancia de la toma de una segunda muestra que permita concluir con el    
           diagnóstico.

ARTICULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTICULO 3°.- De forma.