CENTENARIO DE LALCEC
VISTO:
La historia de una organización que, desde su nacimiento en 1921, pone en valor y resalta el compromiso para con la comunidad con presencia activa a nivel nacional e internacional participando de diferentes redes con pares, empresas, gobiernos, y
CONSIDERANDO:
Que la señora Helena Larroque de Roffo, fundadora de la Liga Argentina de Lucha Contra el Cáncer (LALCEC) siempre afirmó que la manera de combatir el cáncer es a través de la prevención y la detección temprana.
Que dicha organización el próximo 22 de julio cumplirá 100 años, motivo por el cual contaría con su área psicosocial en cada una de sus sedes con el fin de acompañar a los pacientes con cáncer y su entorno afectivo desde una mirada holística entendiendo que esta es la mejor manera para tratar la enfermedad.
Que LALCEC tiene su sede central en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cuenta con más de 100 representaciones en todo el país, con quienes trabaja en conjunto y organiza sus actividades mediante una Comisión Directiva integrada por profesionales, médicos y voluntarias que se nutren de un consejo asesor de proyectos y de un consejo médico, adaptando las políticas de la institución que son canalizadas a través de un Director Ejecutivo y sus equipos de trabajo.
Que la Misión de la Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer es vencer al cáncer, trabajando día a día por rescatar miles de vidas a través de la educación, la detección temprana y la prevención de los 6 tipos de cánceres, que hasta ahora, son “prevenibles”: mama, ginecológico, colon, piel, pulmón y urológico.
Que la Visión es “una Argentina sin cáncer”, y mientras se encuentra la cura, el camino para conseguirlo es la prevención.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige a la Liga Argentina de Lucha Contra el Cáncer (LALCEC) con el fin de hacerle llegar su beneplácito por el 100º Aniversario a cumplirse el próximo 22 de julio del corriente año.
ARTICULO 2°: Apruébase la presente con su visto y sus considerandos.
ARTICULO 3°: De forma.