COMUNICADO DE JxC SOBRE LA FÓRMULA DE MOVILIDAD

 
                                                                                     
 
En Juntos por el Cambio pedimos que rija la fórmula de movilidad jubilatoria votada en 2017
"En junio correspondería un aumento de 10,89% a todas las jubilaciones, pero el Gobierno discrecionalmente y en perjuicio de los jubilados ya ha anunciado un aumento del 6%", manifestaron los miembros del interbloque.
La movilidad jubilatoria es un derecho constitucional, establecido en el histórico artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Nuestra ley suprema establece que los derechos constitucionales son reglamentados por ley. Sin embargo, el oficialismo dispuso mediante la Ley de emergencia 27.541 la suspensión de la fórmula de movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley 24.241 y ordenó que los aumentos a las jubilaciones se realizaran discrecionalmente por decreto del Poder Ejecutivo. Esto va a contramano de la jurisprudencia de la Corte Suprema que ha establecido que debe haber un índice de movilidad fijado por el Congreso.
Debemos resaltar que la fórmula de movilidad que se ha suspendido no ha sido derogada y actualmente no hay ningún otra pauta de movilidad fijada por ley para garantizar el derecho establecido en el artículo 14 bis. Por ello, el vencimiento de los 180 días de suspensión implica que la fórmula de movilidad sancionada en 2017 debe recobrar vigencia al transcurrir ese plazo, y hasta que se sancione una nueva ley de movilidad.
Más grave es aún que con el aumento dado por decreto en marzo, todos los jubilados que cobraban por arriba de $16.200 vieron disminuido el aumento que les hubiera correspondido por ley. En junio correspondería un aumento de 10,89% a todas las jubilaciones, pero el Gobierno discrecionalmente y en perjuicio de los jubilados ya ha anunciado un aumento del 6%.
Estamos dispuestos a una discusión que realmente garantice el derecho a la movilidad de los haberes de los jubilados y que sea fijada por el Congreso, por eso hoy concurrimos a la constitución de la Comisión Especial creada por la ley 27.541, pese a haber sido convocada con cinco meses de retraso y cuando el plazo para la evaluación y confección de una nueva fórmula está por vencerse. Mientras tanto el Congreso sancione una nueva fórmula, sostenemos que debe regir la fórmula vigente votada en 2017.
18 de mayo de 2020.-