CONVENIO COBRO DE BONOS


VISTO:
El cobro de bonos que se viene realizando en los Hospitales y Unidades Sanitarias dependientes del Municipio, y

CONSIDERANDO:                         
Que es necesario tener información clara y precisa de lo que se implementa en el Municipio
Que el pedido de funda en el Art. 41 de la Ley Orgánica Municipal

POR TODO ELLO:
                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

COMUNICACIÓN

ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo para que, a través del área pertinente, remita el Convenio  con la Fundación para la Salud de Lomas.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.