DÍA DEL NIÑO POR NACER

VISTO:
Que todos los 25 de marzo se celebra en la Argentina el Día del Niño por Nacer, y

CONSIDERANDO:
                               Que es una fecha clave del calendario católico ya que es el día en que la Iglesia recuerda la solemnidad de la Anunciación del Arcángel Gabriel a María de que iba a dar a luz al Hijo de Dios.
                               Que, en la Argentina, el Día del Niño por Nacer fue declarado el 7 de diciembre de 1998, por el entonces presidente Carlos Menem, mediante el decreto 1406.
                               Que su celebración comenzó un año más tarde, en 1999, con un acto oficial en el Teatro Coliseo de la ciudad de Buenos Aires.
                               Que ello también se ve reflejado en otros Países de América que a pesar de que El Salvador fue el primer país en celebrar el Día de la Vida, fue la Argentina la que animó a otros países y líderes a sumarse. Y lo consiguió en muy poco tiempo.
                         Que el 20 de mayo de 1999, por ejemplo, el Congreso de Guatemala declaró el Día del Niño por Nacer.    
                       Que, a principios del 2001, en la República Dominicana fue aprobada la ley civil que instituye la celebración, considerando como "apropiado y necesario consignar un día al Niño por Nacer, con la finalidad de propiciar la reflexión sobre el importante papel que representa la mujer embarazada en el destino de la humanidad".                              
                                Que la vida es el mayor de los dones, tiene un valor inviolable y una dignidad irrepetible.
                                Que el derecho a la vida no es una cuestión de ideología, ni de religión, sino una emanación de la naturaleza humana, y es por eso que está protegida en diferentes tratados internacionales de derechos humanos.
Que, aunque la Cristiandad se divide en diferentes iglesias (católicas, evangélicas, bautistas, etc.) recuerda que toda la vida humana merece ser celebrada ya que cada ser humano es único e irrepetible.
Que el reconocimiento a la Anunciación postula un valor intrínseco, que cada ser humano vale por su humanidad independientemente de cómo haya sido concebido y en qué circunstancia.
Que ese valor es reconocido y apropiado por la sociedad sin importar el credo que profesan, ya que es inherente a la humanidad.
Que la celebración de la Anunciación se expresa actualmente en una sociedad de iguales donde la adecuada protección y el cuidado de cada niño por nacer son esenciales para construir un futuro mejor.
                               

POR TODO ELLO: 
                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA
     
ARTICULO 1º: Adhiérase al Decreto Nacional N°1406 del 07 de diciembre de
1998 de Declaración del 25 de marzo de cada año como “Día del Niño por nacer”.
ARTICULO 2º: Establézcase el 25 de marzo de cada año como “Día Municipal del
Niño por Nacer”.
ARTICULO 3º: El Órgano Ejecutivo Municipal deberá llevar adelante acciones
destinadas a la difusión de la conmemoración de esta fecha.
ARTICULO 4°: De forma.