EMERGENCIAS 107

VISTO:
Los diferentes reclamos que me hicieran llegar en relación al sistema de emergencias Lomas en los últimos días, y

CONSIDERANDO
Que Emergencias Lomas de Zamora 107 es un servicio de emergencias del Municipio  que está dispuesto con el fin de brindar atención médica de calidad y a tiempo en casos de accidentes o urgencias en la vía pública
                               Que con la implementación del SAME en el Municipio por parte del Gobierno de María Eugenia Vidal  se logró conformar  una flota de unidades renovadas, con la última tecnología que sirven no sólo para seguir trabajando junto a otras instituciones como hospitales, unidades sanitarias, Defensa Civil y Bomberos, sino también para brindar un servicio acorde  a quienes residen o transitan por Lomas de Zamora.
                               Que ante los reclamos se hace necesario contar con información precisa de cómo trabaja el sistema ya que a partir esa instancia depende la posibilidad de vida de aquellos que requieren del servicio.

POR TODO ELLO: 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

COMUNICACIÓN

ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo para que, a través del área que corresponda, proceda a informar:
• Número de móviles afectados a emergencia: total de unidades y cuantas en servicio.
• Número de móviles afectados a traslados: total de unidades y  cuantas en servicio.
• Nómina del personal médico, paramédico, enfermería y  choferes afectados al servicio de emergencias por día y por base.
• Nómina del personal médico, paramédico, enfermería y  choferes afectados al servicio de traslados por día y por base.
• ¿Cuál es el sistema operativo de recepción de llamadas y envío de acuerdo a la codificación de la patología? ¿Cuál es la  forma de registro del mismo?
¿Cuál el de las derivaciones? ¿Hay un sistema encriptado del mismo?.


• Si efectúan registro de la historia clínica de los pacientes asistidos ya sea en urgencia domiciliaria o en vía pública. En caso de respuesta afirmativa  señale cuál es la metodología, existencia de base de datos etc.. Si la respuesta es negativa señale cuáles son los motivos por los cuales no la efectúan.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su visto y sus considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.