ESQUINA DR FAYANÁS
VISTO
El fallecimiento del Doctor Carlos Nicolás Fayanás el día viernes 23 de Octubre de 2020 a causa del COVID 19, y la solicitud de los vecinos y pacientes para homenajearlo, y
CONSIDERANDO
Que los vecinos de Lomas de Zamora se han organizado en la plataforma www.change.org solicitando que la Calle Darragueira al 501 de la localidad de Banfield lleve el nombre del mencionado, la cual acumula miles de firmas las cuales han sido enviadas por la ONG al Ejecutivo Municipal, y
Que el Dr Carlos Fayanás, se desempeño como Médico en Obstetricia y Ginecología en el Sanatorio Juncal durante los últimos 17 años.
Que también fue encargado del Servicio de Obstetricia y Ginecología del Hospital Zonal de Agudos Cecilia Grierson de la Ciudad de Guernica durante más de 11 años.
Que Fuera durante 2003 y 2004 Presidente de la Sociedad de Ginecología de la Provincia de Buenos Aires.
Que a sus 73 años, y con enfermedades pre existentes, decidió seguir atendiendo a sus pacientes, ya que para Él lo más importante era acompañar a las familias en ese proceso inigualable de traer una vida al mundo.
Que fuera además Dirigente del Club Atlético Banfield de nuestra Ciudad, y orgulloso Socio.
Que fuera alumno del Colegio ENNAM de Banfield.
Que el Dr. Carlos Nicolás Fayanás fue un gran impulsor de la Educación en los jóvenes.
Que en nuestra Ciudad hay miles de historias de superación de Madres que han pasado por su consultorio, y por su consejo y su atención especializada han podido traer vida a nuestra Ciudad.
Que durante más de un mes dio la pelea contra el COVID 19 en terapia intensiva, y en dicho transcurso las muestras de afecto en redes sociales fueron incesantes, al igual que en su último adiós donde los vecinos salieron a la calle a despedirlo con aplausos.
El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora en facultades que le son propias sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Declárase la esquina de la intersección de calles Darragueira y Azara como “Esquina Doctor Carlos Nicolás Fayanás” como homenaje a su labor médica en nuestro distrito.
ARTICULO 2°.- Apruébase la presente Ordenanza con sus Vistos y sus Considerandos.
ARTICULO 3°.- De Forma.