FORMACIÓN DE AGENTES DE BIOSEGURIDAD
VISTO:
La importancia de la Bioseguridad en cualquier momento del desarrollo de actividades en todas las areas del trabajo y aun mas en Salud ante la situación de pandemia por COVID 19 que estamos padeciendo
CONSIDERANDO
Que la bioseguridad es la aplicación de conocimientos, técnicas y equipamientos para prevenir a personas, laboratorios, áreas hospitalarias y medio ambiente de la exposición a agentes potencialmente infecciosos o considerados de los riesgos biológicos.
Que garantizar la bioseguridad, a través de medidas científicas organizativas, define las condiciones de contención bajo las cuales los agentes infecciosos deben ser manipulados con el objetivo de confinar el riesgo biológico y reducir la exposición potencial de:
• personal de laboratorio y/o áreas hospitalarias críticas.
• personal de áreas no críticas
• pacientes y público general, y material de desecho
• medio ambiente
de potenciales agentes infecciosos.
Que el Municipio anuncio a través de la Secretaria de Salud la formación de Agentes de Bioseguridad y su puesta en funciones como encargados de hacer cumplir los lineamientos de bioseguridad en los Centros de Salud dependientes del Municipio
Que en relación a la magnitud de lo que le compete a los agentes y la responsabilidad que ello conlleva, es menester estar informados acerca de la formación contemplada del personal en el marco de una intensa capacitación de agentes idóneos con conocimientos previos.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora, se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través del área que corresponda proceda a la mayor brevedad a informar:
a- Cual fue la modalidad de la selección del personal a capacitar
b- Cual fue la metodología de capacitación y la carga horaria
c- Nomina de personal capacitado como agentes de Bioseguridad indicando su cargo de base y centro/ centros de Salud asignado/s
ARTICULO 2°.- Apruébese la presente con sus vistos y considerandos.
ARTICULO 3°.- De forma.