FRECUENCIA LINEAS MUNICIPALES
VISTO:
El reclamo generalizado de la población lómense en relación al tiempo de espera de todas las unidades de transporte público de pasajeros de índole municipal en general y particularmente sobre las líneas 544, 550 y 553, y
CONSIDERANDO:
Que en el pliego de bases y condiciones para el servicio de autotransporte público de pasajeros de índole municipal dentro del partido de Lomas de Zamora de las frecuencias mínimas se establecen horarios máximos para cada una de ellas.
Que en entre las 4hs y las 22hs. los vecinos han esperado más de 40 minutos para poder utilizar el transporte público, cuando los tiempos de espera establecidos por la licitación no deberían supera los 10 minutos.
Que, como Municipio, debemos ocuparnos de tener un transporte público de primer nivel para que todos los vecinos podamos utilizarlo y así mismo ayudar al ordenamiento del tránsito.
Que es el Municipio el encargado de velar por el cumplimiento de lo establecido.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo para que, a través del área que corresponda, a la mayor brevedad informe:
a- Si se han efectuado en el período enero-junio 2022 controles de frecuencia de las líneas 544 -perteneciente a la Empresa “Yitos S.A”-, 550 y 553 - pertenecientes a la Empresa “Grupo Autobuses Buenos Aires S.R.L.” en todos sus ramales.
b- En caso de respuesta afirmativa a la pregunta anterior indique, para cada línea mencionada y sus ramales respectivos: Fecha, horario y sitio donde se efectuaron los mismos y agente encargado responsable.
c- Nómina de personal Municipal y área de Dependencia encargados de controlar las frecuencias.
d- En caso de no haberse efectuado los controles indique las causales que lo motivaron.
e- Si del análisis efectuado se verificaron incumplimientos de frecuencia por parte de las líneas liste las sanciones impuestas (fecha y tipo de sanción).
ARTICULO 2°: Apruébase la presente con su visto y sus considerandos.
ARTICULO 3°: De forma.