HOSPITAL SANTIAGO CARASATORRE
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO
La reciente inauguración del Hospital modular de Lomas de Zamora, construido en el predio de la Unidad de Pronta Atención (UPA) de Villa Fiorito,
CONSIDERANDO
Que según lo informado el Hospital Modular de Fiorito contará con 24 camas de terapia intensiva con monitores, bombas de infusión y respiradores; 52 camas de terapia intermedia con oxígeno, tensiómetro y oximetro; equipo de rayos portátil; ecógrafo portátil , equipo de diálisis portatil, equipo de cardio desfibrilador y electrocardiógrafo.
Que la puesta en marcha de este nuevo centro de salud forma parte de un plan de obras coordinado por el Gobierno Nacional, la Provincia y los Municipios fue efectuada con el objetivo de ampliar la capacidad del sistema sanitario en el contexto de la pandemia.
Que como cuerpo legislativo se hace necesario contar con datos relevantes que nos permitan analizar el funcionamiento de un área tan sensible como es el Hospital Santiago Carasatorre .
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora, se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través del área que corresponda informe en relación al Hospital Santiago Carasatorre;
1-De que área de Gobierno: Nacional, Provincial y/o Municipal será la dependencia
del Hospital
2-Cual será la fuente de financiamiento de recursos para el mantenimiento y puesta
en funcionamiento. Cuál será el monto del mismo
3-Cual será la fecha de la puesta en funcionamiento del Hospital modular.
Indique si se han planteado etapas para llegar a la operatividad total del
establecimiento asistencial,en caso de respuesta afirmativa señale las mismas.
4-Cuál es el número de personal por área y servicio con que se aspira llegar a cada
una de las etapas en caso de haberlas tenido en cuenta para su funcionamiento, o al
funcionamiento pleno del Hospital
ARTICULO 2°.- Apruébese la presente con sus vistos y considerandos.
ARTICULO 3°.- De forma.