INCLUSIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD COMO GRUPO DE RIESGO

VISTO:
Las  muestras de preocupación y malestar que me hicieran llegar Directivos e integrantes de diversas instituciones lomenses  vinculadas a la discapacidad al no haberse incluido dentro del orden de prioridades de vacunación a las personas con discapacidad, y
CONSIDERANDO:
Que la vacunación COVID se lleva a cabo en etapas de acuerdo a los grupos establecidos
Que al inscribirse para la vacunación no existe el grupo personas con discapacidad.
Que por ende sólo pueden inscribirse por grupo etario y recién ahí colocar la pertenencia a grupo de riesgo
Que un porcentaje importante de personas con discapacidad son  menores de 60 años que padecen enfermedades preexistentes o asociadas: enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo; enfermedades cardíacas, insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas; inmunodeficiencias; diabetes, insuficiencia renal crónica entre otras
Que en  caso de contraer COVID-19, aquellos grupos de personas con discapacidad con condiciones preexistentes como problemas respiratorios, tienen mayor riesgo de desarrollar condiciones críticas o perder la vida.

POR TODO ELLO:
                                  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA EN EL USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:

RESOLUCION
ARTICULO 1º.- El honorable Concejo Deliberante se dirige Al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Lic Axel Kicillof, y al Ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Daniel Gustavo Gollán, con el fin de que se contemple la incorporación de las personas con discapacidad en el orden de prioridades  en la distribución de las vacunas para el COVID-19.
ARTICULO 2º.- Apruébase la presente con su visto y sus considerandos
ARTICULO 3°.- De forma.