INFORME VTV
VISTO:
El proyecto caratulado D-916/23-24 presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires solicitando la modificación de los artículos 16 y 18 de la Ley 13.927 – Sobre la Verificación Técnica Vehicular (VTV), y
CONSIDERANDO:
Que el régimen de la verificación técnica vehicular (VTV) fue instaurado en nuestra provincia por Ley 11.430 del año 1993.
Que el sistema de concesiones, tal como se mencionaba, fue otorgado por 20 (veinte) años y a partir de su vencimiento se acudió al sistema de prórrogas de tales contratos lo cual condujo, inevitablemente, a la falta de competencia que se requiere en materia de contratación pública. Actualmente en la provincia de Buenos Aires funcionan 24 plantas fijas y 6 móviles para realizar la verificación.
Que este sistema produce cada año grandes concentraciones, generando largas colas de vehículos y falta de eficiencia en el servicio prestado.
Que, asimismo, su aplicación es obligatoria para vehículos con más de dos años de antigüedad o más de 60.000 kilómetros en curso. Sin embargo, según el Registro de la Propiedad Automotor, el parque de vehículos en territorio bonaerense fue de 6.368.203 el año pasado, teniendo una variación interanual del 2,13%. De aquella cifra entre el 50% y el 60% sólo realiza la verificación vehicular.
Que, por tanto, de acuerdo a todo lo precedentemente expuesto, se propone reformular el actual sistema de VTV permitiendo que la misma se pueda realizar en los talleres mecánicos que estén autorizados por la autoridad competente (habilitación que ya estaba dispuesta en el Código de tránsito provincial) y que, tal como surge de la realidad imperante, existen numerosos en cada distrito de nuestra provincia.
Que esto permitirá la desconcentración, evitando el manejo de esta actividad entre unos pocos, significando un claro fomento al sector privado ya que los talleres que cuenten con la habilitación tendrán mayores ingresos y con ello se podrá aumentar la competencia.
Que, asimismo, teniendo en consideración los datos del parque automotor bonaerense, se propone extender la periodicidad de la revisión a dos años a partir del cuarto año de patentamiento excepto para vehículos que ostenten más de 60.000 kilómetros que deberán efectuar el procedimiento de verificación y cuya revisión deberá ser anual. Sumado a ello, se propone declarar exento del pago de la tasa de verificación a los jubilados y personas con discapacidad siempre que se cumplan determinados requisitos dispuestos por la norma a los fines de respetar la equidad y justicia del sistema.
Que, concretamente, lo que se busca es simplificar la vida del ciudadano signada por la excesiva cantidad de trámites burocráticos a los que se ve expuesto.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora resuelve solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires el tratamiento sin demoras del Proyecto Caratulado D-916/23-24.
ARTICULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.-