IZADO BANDERA DE LA PAZ

VISTO:
             Que el Día Internacional de la Paz fue establecido en el año 1981 mediante la Resolución Nº 36/37 de la Asamblea General de las Naciones Unidas para que coincidiera con su Sesión de Apertura, la cual se celebra anualmente el tercer martes de septiembre, y


CONSIDERANDO:
Que le Expte.880-P-18 fue presentado en sesión del 22/08/18 y girado a Comisión de Cultura y Educación. Han pasado cuatro años de su presentación y aún continúa en la mencionada comisión sin haber recibido tratamiento.
Que el primer día de la Paz se celebró en 1982.
Que en el año 2001 la Asamblea General adoptó por votación unánime la Resolución Nº 55/282, la cual fijaba el día 21 de septiembre como el día anual para la no-violencia y cese del fuego.
Que las Naciones Unidas invita a todas las naciones y pueblos a cumplir con el cese de hostilidades durante el Día y a conmemorar además el Día a través de la educación y de la concientización pública en los temas relacionados con la Paz.
Que la Ley Nacional Nº 26.819 declara el 21 de septiembre de cada año como el “Día Internacional de la Paz”.
Que la Ley Nacional mencionada, fue aprobada en el Congreso en noviembre de 2012 y publicada en el Boletín Oficial a comienzo de 2013.
Que la Ley existente establece que los establecimientos educativos públicos y privados de todos los niveles deberán incorporar la temática de promoción de la paz al quehacer institucional y realizar actividades para celebrar el Día Internacional de la Paz.
Que en el Artículo 2º autoriza a los edificios públicos y a los establecimientos educativos a izar la bandera de la Paz –fondo blanco con tres esferas de color magenta rodeadas por un círculo- el 21 de Septiembre de cada año.
Que resulta fundamental que nuestro Municipio ratifique, a través de acciones concretas, su compromiso con la no violencia y promueva en consecuencia valores, conductas y actitudes basadas en los principios de la Cultura de la Paz.
Que la Provincia de Buenos Aires adhirió a la Ley Nacional 26.819 a través de la Ley 14.834.


Que resulta relevante a fin de fomentar en la sociedad la cultura de la paz, la cual debe ser parte de la agenda institucional del gobierno Municipal de Lomas de Zamora.


POR TODO ELLO:
                                 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- Establézcase el izado de la Bandera de la Paz en la Plaza Grigera de Lomas de Zamora, cada 21 de Septiembre, en conmemoración del Día Internacional de la Paz.
ARTICULO 2º.- De forma.