LEY ONCOPEDRIÁTICA

VISTO:
            La sanción en el día de ayer de la Ley 27.674 Ley oncopediátrica que dispone la creación del "Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer" en la Cámara de Senadores de la Nación, y

CONSIDERANDO:
Que la misma es producto de la lucha y el compromiso que han asumido a lo largo y a lo ancho de todo el País el GRUPO DE PADRES AUTOCONVOCADOS
Que fue Tania Buitrago, la mamá de Eliseo, un niño con leucemia linfoblástica aguda, quien en el 2019 llevo a cabo la redacción del Proyecto
Que pronto lograron reunir voluntades de 300 familias, gracias al boca a boca, los grupos de Facebook y Whatsapp.
Que entre ellos podemos mencionar a familias luchadoras bonaerenses como Laura Juárez (Morena vive en mi), Daniel Ortiz y Verónica Macias (Asociación Tiziano ayuda a niños oncológicos) Ariel Aguirre y Sabrina Herlan (reno solidario), Vanina Angueira (E. Echeverria) Silvina Andrade (Azul) y Nadia Garilio (ciudad 9 de Julio).
Que fueron varios los proyectos presentados desde el 2020 por Diputados de distintos bloques.
Que fue durante el 2021 cuando se buscó unificar en un solo Proyecto las diversas propuestas presentadas.
Que el día 26 de octubre del 2021 fue aprobada por unanimidad en la Cámara baja del Congreso de la Nación y ayer ratificado de la misma forma por el Senado.
Que la misma crea un Programa Nacional de Oncopediatría con el objeto de prevenir y diagnosticar de forma precoz enfermedades oncológicas en los niños, niñas y adolescentes y brindarles atención integral para garantizar el más alto nivel de vida posible a los pacientes. A través de lineamientos programáticos y guías de prácticas para la detención, diagnóstico, y tratamiento.
Que apunta a toda persona de hasta 18 años que padezca cáncer en cualquiera de sus tipos, y que se encuentre certificado por un profesional tratante.
Que el objetivo del proyecto es asegurar el tratamiento de asistencia, paliativos y la provisión en medicamentos 100% cubiertos en el Sistema Público de Salud, las obras sociales y las prepagas. Y crea una asignación universal por hijo oncopediátrico y cobertura en transporte. Además, de garantizar la cercanía al establecimiento tratante.
Que se detectan, anualmente, en promedio 1320 casos de personas con una enfermedad oncológica y es la primera causa de muerte por en enfermedad en la segunda infancia, según datos del Registro Oncopediátrico Hospitalario Argentino.
  

POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al GRUPO DE PADRES AUTOCONVOCADOS “Por nuestros pequeños guerreros Ley Oncopediátrica Nacional”  con el fin de expresar su reconocimiento  a la lucha llevada a cabo en pos del logro de la sanción de la Ley Oncopediátrica que dispone la creación del "Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer"
ARTÍCULO 2º.-Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3º.- De forma.