LOCALIZACIÓN CÁMARAS DE SEGURIDAD
VISTO:
La preocupación de los vecinos por los hechos de vandalismo y robos que están sucediendo en el distrito de Lomas de Zamora, y
CONSIDERANDO
Que las estadísticas oficiales del Ministerio Público Fiscal de la provincia de la Buenos Aires consideran a Lomas de Zamora entre los principales distritos con más delitos.
Que el municipio fue noticia en los principales medios de comunicación en ocasión de los homicidios transcurridos en la vía pública y con entraderas a domicilios y comercios.
Que un ejemplo de esta gravísima situación fue el asesinato de José Gatto en mayo pasado.
Que más allá de las video cámaras ubicadas en diferentes puntos de la vía pública integradas al sistema para optimizar las filmaciones en función a los reportes de alerta que se efectúen desde cualquier canal; los episodios de robo y vandalismo siguen ocurriendo y en innumerable cantidad de ocasiones no han quedado registrados.
Que desde la Secretaría de Seguridad incorporaron cámaras en las arterias de ingreso al municipio.
Que los vecinos se organizan con diversos sistemas de prevención del delito mediante la tecnología.
Que desde el Ejecutivo se anunció convenios en materia de Seguridad con el Ministerio de Seguridad de la Nación.
Que se recibió presupuesto a las arcas municipales con dinero del Gobierno Nacional para infraestructura en Seguridad.
Que es necesario conocer la ubicación de las cámaras para que, ante el pedido de los vecinos, tengamos la posibilidad de comunicar acerca de la existencia de las mismas.
Que es responsabilidad del Municipio velar por la seguridad de los vecinos.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo con el fin de solicitar informe puntos de localización de cada una de las cámaras de seguridad instaladas en el distrito de Lomas de Zamora
ARTICULO 2°.- Apruébese la presente con su visto y considerandos.
ARTICULO 3°.- De forma.