MEDIDAS COVID 19

VISTO:
El incremento que se viene registrando en los casos de COVID-19 a nivel mundial, y


CONSIDERANDO:
Que la Argentina no es ajena a esa situación.
Que en las SE (semanas epidemiológicas) 42 y 43 la subregión AMBA presentó un aumento de casos.
Que en un análisis con mayor desagregación geográfica, permitió ver  que en las últimas 5 semanas epidemiológicas las regiones más afectadas fueron la RS (Regiones Sanitarias) V, III Y VI, con tasas de incidencia de 144, 108 Y 71 casos cada 100.000 habitantes, respectivamente.
Que si bien en la SE 45  el número descendió a 391 casos, la cifras que se observaron son las  siguientes: SE 4: 589, SE 42: 734, SE 43: 685 y SE 44: 578
Que se registraron 2977 casos certificados en las últimas 5 semanas en la región sanitaria VI,  con una tasa de incidencia 71 por cien mil.
Que Lomas de Zamora integra la Región Sanitaria VI.
Que fueron, para dicho periodo, 13167 casos en toda la provincia, tasa de incidencia 74 por cien mil.
Que ello motivó un comunicado del Ministro de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Nicolàs Kreplak, advirtiendo de la necesidad de extremar las medidas de vigilancia y notificación
Que desde que comenzaron a descender los casos se han dejado de notificar los casos diarios y fallecidos en el distrito en las páginas del Municipio y de la Secretaría de Salud
Que, ante esta circunstancia, resulta indispensable volver a contar con información local ya que en el Boletín epidemiológico semanal Provincial no se consignan desagregadas las cifras a nivel distrital.


POR TODO ELLO:
                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

COMUNICACIÓN


ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige a al Departamento Ejecutivo para que, a través del área pertinente, se vuelvan a publicar diariamente los datos epidemiológicos referidos a nuestro Municipio,  consignando el numero de test, casos confirmados y fallecidos tal como se desarrolló durante el 2021.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.