ORDENANZA - Implementar el sistema E-Regulation
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La falta de Gestión y control administrativo en los trámites y/o reclamos de la ciudadanía a través de las delegaciones municipales.
CONSIDERANDO:
Que los nuevos modelos deben sustentarse en valores y principios que hagan a la calidad de la gestión y su mejora continua, enfoquen la gestión, mejoren la calidad de los servicios y permitan evaluar los niveles de eficiencia y contar con un mayor control social.
Que se evidencia una falta de atención y política pública brindando una rápida y efectiva respuesta al vecino lomense.
Que el sistema de información “e-Regulations” es una plataforma web para la simplificación y automatización de procedimientos de la administración de la Municipalidad de Lomas de Zamora.
Que los vecinos son los principales perjudicados con sus problemáticas diarias, y deben tener un mecanismo de control en tiempo y forma de sus reclamos, debido a la falta de sistematización en las delegaciones correspondientes.
Que esto demanda la implementación en los Organismos Públicos de modelos de gestión que sustenten estos valores y principios, de amplia difusión en el mundo y que hagan a la calidad de su gestión.
Que El derecho de Acceso a la Información Pública es entendido como parte integrante de un derecho más amplio como es el derecho a la Información, teniendo raigambre constitucional en nuestro país.
Que en la actualidad la provincia de Buenos Aires cuenta con la Ley 12.475, sancionada el 5 de julio de 2000 y promulgada por Decreto 2.877/2000 del 15 de agosto del mismo año (B.O. del 29-08-00) por la que se reconoce a toda persona física o jurídica que tenga interés legítimo, el derecho a acceso a documentos administrativos cuya divulgación no se encuentre prohibida expresamente, siendo su examen de carácter gratuito.
Que en Lomas de Zamora se encuentra vigente la ordenanza Nº 9780/00. Derecho a la Información.
Que el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), en sesión del 20 de mayo del 20038 , reiteró que los “Estados tienen la obligación de respetar y hacer respetar el acceso a la información pública a todas las personas y promover la adopción de disposiciones legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para asegurar su reconocimiento y aplicación efectiva” y que “el acceso a la información pública es un requisito indispensable para el funcionamiento mismo de la democracia, una mayor transparencia y una buena gestión pública, y que en un sistema democrático representativo y participativo, la ciudadanía ejerce sus derechos constitucionales de participación política, votación, educación y asociación, entre otros, a través de una amplia libertad de expresión y de un libre acceso a la información”.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Obligase al Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Lomas de Zamora a implementar el sistema de información “e-Regulations” en todas sus delegaciones y/o dependencias municipales a fin de facilitar y mejorar los mecanismos de denuncia, reclamos y control realizados por su ciudadanía.
ARTICULO 2°.- Es función de la Secretaría de Modernización y Gestión de Trámites hacer efectivo y desarrollar los mecanismos para la mejora de la calidad de gestión, entre las cuales se encontrarán, sin excluirse otras que en el futuro se decidan:
a) Identificar los procesos a normalizar y certificar;
b) Determinar prioridades y definir plazos de aplicación;
c) Fomentar la adopción del Sistema de Calidad de la norma ISO9001:2008, o aquellas que en un futuro la reemplacen, en otras organizaciones de la administración pública.
ARTICULO 3°.- Establéese la siguiente Política de Calidad en el ámbito de la Municipalidad de Lomas de Zamora:
a) Estudiar y anticipar las necesidades y expectativas de los vecinos y organizaciones de la ciudad, y satisfacerlas oportunamente y con servicios de calidad.
b) Promover el desarrollo social, la cultura, y un desarrollo económico sustentable observando las problemáticas cotidianas del vecino.
c) Hacer un uso eficiente y eficaz de Recursos, entendiendo que los impuestos que pagan los contribuyentes deben volver a ellos traducidos en bienes y servicios de excelencia, teniendo especial atención en la adopción de nuevas tecnologías y canales de comunicación.
d) Implementar, gradualmente, en los distintos procesos internos y servicios ofrecidos los Sistemas de Gestión de Calidad en la Administración Pública.
ARTICULO 4°.- Obligase al Poder ejecutivo municipal a poner en funcionamiento el sistema e-Regulations en las Delegaciones municipales y/o dependencias municipales dentro de un plazo no mayor a 60 días hábiles desde la publicación de la presente ordenanza.
ARTICULO 5°.- El Departamento Ejecutivo realizará las adecuaciones presupuestarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 6°.- De forma. ---------------------