PREOCUPACIÓN POR BARRIDO Y LIMPIEZA

VISTO:
             La importancia de un correcto servicio de recolección de residuos domiciliarios y de grandes generadores, así como el barrido y limpieza de algunas calles en el distrito no sólo por la salud sino también por la erogación presupuestaria, y
CONSIDERANDO:
            Que tras dos años de vencido el contrato por el servicio de recolección de residuos domiciliarios y de grandes generadores, así como el barrido y limpieza de algunas calles en el distrito, el Municipio de Lomas de Zamora llamó a licitación del mismo que ganó la empresa COVELIA S.A..
Que más allá de ello cabe recordar que aún se  encuentra vigente el contrato con COVELIA S.A..  firmado en el año 2015, que por Decreto 1052 del 27 de Mayo del 2022  prorrogó el contrato a COVELIA S.A.hasta el día 30 de Julio del 2023 
Que las áreas limitadas, de los centros urbanos siguen siendo la zona delimitada: desde las vías del ferrocarril, la Av. Vieytes, la Av. Alvear – Piaggio, la Av. Oliden, la Av. Hipólito Yrigoyen, 9 de Julio y las vías del ferrocarril; Av. Hipólito Yrigoyen hasta Uriarte. Así como la zona comprendida por Malabia, las vías del Ferrocarril, 30 de Septiembre, Almirante Brown, Cerrito, Amero y Arenales.
Que seguimos viendo como cooperativistas o trabajadores municipales dependientes de las distintas Delegaciones Municipales realizan tareas de barrido de calles en las zonas que deberían ser efectuadas por la empresa COVELIA S.A..
Que el mismo Estado Municipal, responsable de garantizar que la empresa COVELIA S.A..  cumpla con el contrato, realiza el barrido de calles que debería llevar a cabo la prestataria.    
                        
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora expresa su preocupación por las tareas de barrido efectuado por integrantes de cooperativas y/o trabajadores Municipales dependientes de distintas delegaciones Municipales en áreas que por contrato le corresponde efectuar a COVELIA S.A..
ARTICULO 2°.- Apruébese la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTICULO 3°.- De forma.