Proyecto de Comunicación falta de cumplimiento en boliches
Lomas de Zamora, 27 de Agosto de 2018
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
VISTO:
El listado emitido por la Dirección Municipal de Eventos Masivos referido a los locales bailables y cantinas habilitadas incorporado en la Sesión al expediente 586-P-18 que obran a fojas 3 , 4 y 5 del mismo
CONSIDERANDO:
Que en la misma se señala el no cumplimiento del artículo 75 de la ordenanza N°13043 y las exigencias establecidas por el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Buenos Aires en el marco del Programa de Protección Integral Ciudadana artículo 4º de la Ley Nº 14.050 ambas vigentes del 2010.
Que solamente 1 de los 7 locales bailables cuenta con una cámara de seguridad conectada al centro de protección urbana cuando por disposición vigente todos los locales deberían contar con cámaras exteriores conectadas con el CPU
Que luego de la promulgación de la ordenanza 13043, en 150 días todos los locales debían contar con un detector de metales
Que es responsabilidad del municipio velar por la seguridad de nuestros jóvenes y adultos que concurren a los mismos
Que es el Municipio el encargado de hacer cumplir las ordenanzas
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora, se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través del área que corresponda proceda a la mayor brevedad a informar:
- Cuáles son los motivos por el que el Estado Municipal no ha hecho cumplir las ordenanzas vigentes antes de la fecha del informe.
- Si luego del informe se han tomado medidas o sanciones. En caso de haberlas efectuado señale las mismas para cada local informado.
ARTICULO 2°.- Apruébese la presente con sus vistos y considerandos.
ARTICULO 3°.- De forma.