Proyecto de Comunicación promoción lactancia materna en el personal municipal

 Lomas de Zamora, 12 de Agosto del  2018
                                                                                           
                                                     PROYECTO DE COMUNICACION
VISTO: 
La necesidad de fomentar y acompañar la lactancia materna dentro del personal Municipal
 

CONSIDERANDO:
Que la leche materna es el mejor alimento para el bebé y aporta en forma exclusiva todo lo que necesita para crecer de manera sana y fuerte durante los primeros seis meses, y continúa siendo un alimento muy beneficioso luego de ese período que debe complementarse con la alimentación adecuada.
Que la leche humana tiene más de 370 componentes específicos capaces de proteger al bebé de enfermedades inmediatas y alejadas, incluso hasta la adultez. Reduce el riesgo de enfermedades como la diarrea e infecciones respiratorias, previniendo la desnutrición, y disminuyendo la mortalidad infantil. También trae beneficios para la madre ya que reduce el riesgo de anemia en el post-parto, de cáncer de mama y de osteoporosis después de la menopausia . Lo único que necesita un bebé es la leche materna, sin el agregado de ningún otro líquido. Toda leche materna es buena para alimentar al bebé. Es, además, fundamental en la creación del vínculo afectivo madre e hijo/a.
Que según UNICEF , las principales causas del abandono de la lactancia materna son la desinformación acerca de su importancia, falta de apoyo por parte de la pareja y/o familia y un factor importante se da en los impedimentos que tiene la madre para conciliar la vuelta al trabajo con el periodo de amamantamiento.
Que actualmente, en la Argentina la Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744 y sus modificatorias) establece en su artículo 179° que toda madre trabajadora dispone, durante al menos un año, de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo durante la jornada de trabajo.


Que si el niño no está cerca, la madre puede sumar esos descansos y trabajar una hora menos por día, o bien utilizarlos para sacarse leche y conservarla en un recipiente limpio y dentro de una heladera, hasta su hora de salida del trabajo para que al día siguiente, quién cuida a su bebé puede dársela en su ausencia, ya que la leche humana guardada en heladera –sin congelar– conservar sus propiedades hasta por tres días.
Que en el año 2015 el Poder Ejecutivo Nacional publicó el Decreto 22/2015, reglamentario de la Ley 26.873 de Promoción y Concientización Pública sobre la Lactancia Materna, con el que se completó y puso en vigencia esta norma, orientada a extender y ampliar la promoción y la concientización pública sobre la importancia de la lactancia materna y de las prácticas óptimas de nutrición segura para lactantes y niños de hasta dos años de edad.
Que una novedosa iniciativa contenida en la Ley 26.873, a instancias del Ministerio de Salud de la Nación, se refiere al apoyo a la madre trabajadora en período de lactancia y al establecimiento de "Espacios Amigos de la Lactancia" en los lugares de trabajo, que ha comenzado a divulgarse y extenderse entre empresas y empleadores de distinta envergadura.

Que los favorecidos por esta estrategia no son únicamente el niño y su madre, que obtienen beneficios para su salud, tanto inmediatos como a largo plazo, sino también los empleadores de esas madres y la sociedad toda, ya que los niños amamantados son más sanos y se enferman menos.


POR TODO ELLO:
                                    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA  SIGUIENTE:
COMUNICACION
ARTICULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento                  Ejecutivo, para que a través del área que corresponda implemente las medidas conducentes a lograr la implementación de  lactarios para el personal Municipal que se encuentra en periodo de lactancia.
ARTICULO 2°   De forma.---------------------