proyecto de comunicación ruidos molestos calle charcas

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

VISTO:
              El reiterado reclamo de la Familia de la Calle Charcas 457 Temperley por  ruidos molestos.
CONSIDERANDO:                                        
                                  Que  en el 415 de la calle Charcas, casa lindera se encuentra en funcionamiento una Fábrica de Pastas
                                Que desde horas de la madrugada se desarrolla allí intensa actividad que es factor generador de ruidos molestos.
                                Que han sido varias las inspecciones llevadas a cabo por Inspectores y Autoridades del Municipio
                                 Que ya con fecha 29 de Setiembre del 2016 a las 4hs se labro un acta de inspección 501695 realizándose medición de ruidos cuya evaluación fue “ruidos MOLESTOS”. Por lo cual la Fábrica fue intimada por la Dirección de Industria, por acta 488156, a abstenerse de realizar ruidos molestos y adecuar las instalaciones
                               Que mas allá de haber sido intimada la Fabrica, los ruidos molestos siguieron  sucediéndose
                             Que en Noviembre del 2017 la Empresa volvió a ser intimada por el Municipio a acustizar el área de trabajo de  la misma
                              Que ante la falta de una solución la familia volvió a presentar nueva denuncia por Ruidos molestos  con fecha 02/05/ 2018EXPTE 2016/4068 111372/D/ 1/0/0
                             Que la familia sigue sufriendo los ruidos molestos generando trastornos del sueño, de la conducta  y dificultades en el diario vivir a raíz del mismo
                                  Que por ordenanza 27/68, en su artículo 2° se  prohíbe producir , causar , estimular o provocar ruidos molestos cualquiera sea su origen , cuando por razones de la hora y lugar o por su calidad o grado de intensidad se perturbe o pueda perturbar la tranquilidad o resposo de la población o causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza.
                                Que por Ordenanza 16775 /18 expresa claramente en su artículo 5° que en ningún caso la actividad comercial desarrollada en un local comercial podrá trascender a vecinos linderos
                                   Que es responsabilidad del Municipio garantizar  la calidad de vida de los vecinos a través del cumplimiento de las Ordenanzas y Leyes vigentes
POR TODO ELLO: 
                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN

ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora, se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través del área que corresponda  proceda con la mayor celeridad a dar una solución definitiva a la problemática de ruidos molestos sufridos por los vecinos de la Calle Charcas 415 .
ARTICULO 2°.- Apruébese la presente con sus vistos y considerandos.
ARTICULO 3°.- De forma.