Proyecto de Ordenanza Declaración Histórica

    Lomas de Zamora, 28 de Agosto 2016

 

 

PROYECTO DE ORDENANZA

 

VISTO:

La preocupación y el  reclamo de vecinos de Banfield por la preservación del inmueble de la Calle Alsina 484 de Banfield

            

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo expresado en el Art. 41 de la Constitución Nacional, en el Art 44 de la Constitución de la Pcia. de Bs. As. y en los Art 25 y 27 del cap 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es función del municipio el ordenamiento de todo lo que corresponda a la preservación del patrimonio histórico cultural dentro de su jurisdicción.

Que la preservación de nuestro Patrimonio coincide con la tarea de rescate de nuestro pasado histórico, de las obras que nuestros antecesores han dejado a través del tiempo, de la diversidad de formas de sentir, pensar y obrar, sobre las que se constituye nuestra cultura y nuestra identidad, conformando así el legado de máxima importancia al que como hijos de este pueblo debemos observar.

Que dicha casa es de principios de siglo XX

Que la misma combina características neoclásicas: estilo griego(columnas jónicas,dóricas y corintias); estilo Romano( arco de medio punto, tejas, parapeto del balcón y aleros); Árabe ( arcos en herradura, iluminación entrada) estilo Inglés(ventana en forma de trapecio) y estilo Gótico( ventanas con vitrales con escudo de armas).Con interior con techos casetonados y pisos en damero característicos del renacimiento Italiano

Que allí vivio Florencio Sola, dirigente de fútbol argentino. Quien Nació el 7 de noviembre de 1908, en Buenos Aires, del matrimonio entre Félix Sola y Juana Echeverría. Tuvo dos hermanos mayores, Félix y María Sara, y un hermano menor, Remigio.

Que fue  Florencio Sola un vecino de Banfield consustanciado con su lugar de residencia. 

Que colaboro con las fuerzas vivas locales como la sala de primeros auxilios “Dr. Manuel Ricci” o el club Buchardo

Que fue en 2 ocasiones presidente del Club Atletico Banfield

Que para la Comunidad de Banfield  fue una figura emblemática que permitió al Club de sus amores poder superar una crítica situación que atravesaba el Club en 1938 cuando le fue ofrecida la Primer presidencia del mismo

Que este legado no se transcribe entre generaciones de manera inmutable, sino que incluye una serie de acciones e interpretaciones que el hombre percibe desde la observación y el análisis desde su presente hacia el pasado.

Que la preservación del Patrimonio Histórico Cultural forma parte de los derechos culturales que hacen a la calidad de vida de los pueblos, y que es un deber que nos compete a todos, hallando al acceso y el disfrute del mismo también como un derecho inalienable un derecho de todos.

Que es una acción de buen gobierno coordinar la salvaguarda, prevención, divulgación y difusión de todos aquellos bienes tangibles e intangibles que se constituyen como el patrimonio histórico cultural de Lomas de Zamora

Que los bienes públicos o privados, monumentos, viviendas y edificaciones en general que, por sus características constituyen modelos de movimientos arquitectónicos definidos, casos de excepción o belleza singular.

Que algunos bienes que constituyen hitos (urbanos o rurales) que conforman un todo indisoluble junto con su paisaje o medio ambiente.

POR TODO ELLO:

                                    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOMAS DE ZAMORA EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA  SIGUIENTE:

ORDENANZA

 

ARTICULO  1º.- Declarar Patrimonio Histórico Cultural el inmueble sito en Alsina 484. circ III-Sec A-Mz 43. Pa 14a   Partida 063-71152

 

ARTICULO 2°.- De forma. ---------------------