proyecto de ordenanza modificación ordenanza 6629
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de adecuación de la ordenanza 6629 vigente desde Junio de 1992
CONSIDERANDO:
Que han aparecido nuevas tecnologías que pueden contribuir a mejorar la ordenanza vigente
Que si bien es potestad del Departamento Ejecutivo la designación de la autoridad de aplicación no indica que Secretaria o Dependencia Municipal debe efectuar los controles pertinentes para asegurar el cumplimiento de esta ordenanza
Que no contempla sanciones a quien no cumpla con la misma
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Modificase el Articulo 2 de la ordenanza 6629 el que quedará redactado de la siguiente manera
"ARTICULO 2º.- Los carteles deberán ser colocados tomando los recaudos necesarios de Seguridad debiendo ser perfectamente visibles y legibles, sus medidas podrán ser de 15 x 30 o de 20 x 20. Asimismo contemplara la realización de los mismos en sistema braille"
ARTICULO 2º.- Incorporese el ARTICULO 4° .
"ARTICULO 4º.-. Las empresas prestatarias de transporte público de pasajeros deberán asimismo publicar la información referida en el ARTICULO 1° en su sitio WEB"
ARTICULO 3º. Incorporese el ARTICULO 5°
"ARTICULO 5º.-. El Municipio con el fin de facilitar el acceso a la información de los vecinos publicara en su sitio web los horarios por líneas"
ARTICULO 4º. Incorporese el ARTICULO 6°
"ARTICULO 6º.-. El Departamento Ejecutivo determinara la Autoridad de aplicación"
ARTICULO 5º. Incorporese el ARTICULO 7°
"ARTICULO 7º.-. El Departamento Ejecutivo determinara las sanciones y montos de multas por el no cumplimiento de la ordenanza."
ARTICULO 6°.- Apruébese la presente con sus vistos y considerandos.
ARTICULO 7°.- De forma.