Proyecto de Ordenanza transporte escolar

Lomas de Zamora,  1 de Agosto del  2018


PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:
             La necesidad de que las familias Lomenses puedan estar informadas acerca de las condiciones de habilitación y seguridad del  Transporte Escolar (servicios especializados que tienen por finalidad realizar el traslado de alumnos de escuelas primarias, secundarios y jardín de infantes entre el domicilio de éstos y los establecimientos educacionales) que desarrolla actividades en nuestro Municipio
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CONSIDERANDO:

                               Que al inicio de cada periodo lectivo los padres deben tomar la decisión en muchos casos de elegir un medio de transporte escolar para sus hijos
                               Que de no mediar este tipo de registros se torna dificultoso y solo se basa en la confianza expresada por otra persona.
                               Que el bien más preciado que tiene una familia son sus hijos
                               Que es necesario resguardar a los mismos
                              Que la publicación por parte del Municipio de los datos de los propietarios, conductores y celadores de las unidades, de las unidades, así como las fechas de habilitación, su vigencia , al igual que la de las pólizas de seguro, contribuirán con los vecinos que deben afrontar dicha situación, que de por si suele ser compleja, ofreciéndoles una herramienta mas
                        
POR TODO ELLO: 
                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Modifiquese el articulo 10 ° de la ordenanza 3067/78 el cual quedara redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 10°.- La Oficina de Transporte llevará un registro de propietarios, conductores, celadores y vehículos habilitados, de acceso público y gratuito, incorporado a la web municipal, donde se consignaran los  datos que se le exigen al habilitado  y al vehiculo como esta señalado en el art. 4º, consignándose también el numero de habilitación municipal, la fecha de vencimiento de la misma y la vigencia de la póliza de seguros de cada unidad para un eficaz control del cumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2°.- Apruébese la presente con sus vistos y considerandos.

ARTICULO 3°.- De forma.