RAMPAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

VISTO:
La dificultad en el desplazamiento que a diario padecen las personas con discapacidad motora y movilidad reducida, para trasladarse de un lugar a otro en nuestro Municipio y
CONSIDERANDO:
Que existe un escaso número de rampas para personas con movilidad reducida.
Que la mayoría de las rampas existentes se tornan inútiles, ya que al final de su bajada en muchas ocasiones hay pozos en los cuales se acumula agua, en otras si la parte inferior se encuentra en buen estado al llegar a la subida se halla una parte de la vereda la cual es inaccesible por el estado de deterioro.
Que es deber del Estado Municipal generar condiciones que garanticen la accesibilidad y desplazamiento de las personas con discapacidad motora o movilidad reducida, ya que el no hacerlo se transforma en un acto de discriminación.
Que se deben desarrollar desde el Estado acciones para lograr una verdadera inclusión
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
                                          COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo para que, a través del área que corresponda, proceda a la mayor brevedad a realizar  un relevamiento de la totalidad de rampas existentes en el Municipio y su estado con el fin de efectuar las tareas pertinentes para su reacondicionamiento, mantenimiento periódico y luego la incorporación  de nuevas rampas
ARTÍCULO 2°.- Apruébese la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.