RECLAMO PROFESIONALES DE LA SALUD
VISTO:
La preocupación expresada por la Asociación Profesionales de la Salud de Lomas de Zamora -Cicop, y
CONSIDERANDO:
Que desde su surgimiento, en 1998, APSLZ viene reclamando contra el trabajo precario en el área de salud en el Municipio de Lomas de Zamora.
Que el Municipio ha sostenido el criterio de que era necesario que los trabajadores de la salud pasaran siete años en la Planta Temporaria para luego ingresar a la Planta permanente. Dado que el Municipio no ha cumplido con su obligación de llamar a concursos de ingreso para cubrir los cargos vacantes, los profesionales deben ser efectivizados pasado el año de contratación siempre desde la base de las normas vigentes
Que la precarización es una de las maneras de minimizar los derechos laborales y deteriorar al máximo los salarios de los trabajadores de la salud; hecho no compatible con un proyecto de país que pretende ser para todos.
Que es un modelo privatista y que se orienta al recupero de prácticas de alta complejidad y alto costo mediante la facturación a Obras Sociales y Prepagas, desplazando el foco de las políticas de Atención Primaria de la Salud y, a largo plazo, de la población sin cobertura.
Que se arancelan prestaciones mediante la forma de bonos “voluntarios” a los vecinos que terminan pagando dos veces por su salud: una, con los impuestos y otra, con estas “contribuciones”.
Que el Municipio habría anunciado que toda nueva contratación en el área de salud, a partir del 18 de junio del corriente año, sería bajo la modalidad de Monotributo.
Que el estatuto para el personal de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires, Ley 14656 en sus artículos 70 y 71, contempla: “Dos plantas de Personal: permanente y temporaria. En ningún caso el total de los contratados podrá superar el 20% de la planta permanente. Su cumplimiento se implementará progresivamente en un plazo máximo de cinco años a partir de la vigencia de la presente ley en virtud de una disminución proporcional anual”. De lo que se deduce que la ley NO ADMITE EL MONOTRIBUTO COMO FORMA DE CONTRATACIÓN.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo con el fin de solicitar el pase a planta permanente del personal temporario y monotributistas del área de salud.
ARTICULO 2°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige a la APSLZ con el fin de expresar su acompañamiento a su justo reclamo solicitando el pase a planta permanente a todo el personal temporario y monotributistas del área de salud.
ARTICULO 3°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo con el fin de rechazar al monotributo como forma de contratación.
ARTICULO 4°.-.Apruébese la presente con su visto y considerandos.
ARTICULO 5°.- De forma.