SEMÁFORO PEATONAL Y SONORO MAIPÚ Y ALSINA

VISTO:
La falta de respuesta al Expte. 187-P-19, aprobado con Comunicación 97/19 relacionado con el reclamo vecinal por la necesidad de contar con un  semáforo peatonal y sonoro en la calle Maipú en su intersección con la Av. Alsina y con las calles Belgrano y Pueyrredón, y
CONSIDERANDO:
Que la colocación de semáforo peatonal y sonoro permitirá garantizar el cruce de las calles y avenida con un mayor margen de seguridad.
Que en el caso del semáforo peatonal permite a los niños y a las personas mayores tener la visualización de la señal para el cruce, en tanto el sonoro le facilita la vida a las personas ciegas y a aquellos que tienen baja visión.
Que en Banfield reside un alto número de personas con discapacidad visual o visión reducida.
Que por Maipú y sus inmediaciones transitan cientos de niños y jóvenes que asisten a Establecimientos escolares tanto de la esfera pública como privada así como a clubes deportivos y lugares recreativos.
Que es responsabilidad del Municipio velar por la seguridad de los transeúntes.

POR TODO ELLO: 
                                  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:


COMUNICACIÓN

ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora, se dirige al Departamento Ejecutivo con el fin de reiterar el pedido efectuado en Comunicación 97/19 para que se proceda, a la mayor brevedad, a tomar las medidas conducentes a la colocación de semáforo peatonal y sonoro en la calle Maipú en su intersección con la Av. Alsina y con las calles Belgrano y Pueyrredón en la localidad de Banfield.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su visto y sus considerandos.

ARTÍCULO 3°.- De forma.