SENDA PEATONAL EN ZAMORA Y MISTRAL Y VERNET Y ZAPATA
VISTO:
La necesidad de garantizar el desplazamiento y cruce de los peatones en la calle J. Zamora en su intersección con Gabriela Mistral, Luis Vernet y Zapata, Villa Centenario, y
CONSIDERANDO:
Que en las inmediaciones de la mencionada calle con sus respectivas intersecciones se encuentran la EP 97, ES 50, Jardín 921 y EP 19, establecimientos a los que concurren diariamente cientos de niños acompañados, en general, por su familia.
Que es fundamental prevenir accidentes en la vía pública producto de las altas velocidades que desarrollan los vehículos que se desplazan por la zona.
Que el 14 de junio del año 2023 se ha presentado, en Mesa de Entradas, nota con reclamos de vecinos N° 2751926, 2751930, 2751935 y 2751942 dirigida a la Dra. Marina Lesci con el planteo necesidad de la pronta demarcación de las sendas peatonales en Villa Centenario con el detalle de las ubicaciones de cada uno de los establecimientos:
Que, además, en la sesión del 31 de agosto del año 2023, se ha presentado el Expte.759-P-23. El mismo fue girado a la comisión de Obras Públicas y Urbanismo en dicha sesión.
Que han pasado más de once meses de la presentación de la nota mencionada, de la cual no contamos con respuesta.
Que han pasado nueve meses de la presentación del proyecto, el que aún no tuvo tratamiento en la comisión correspondiente.
Que es responsabilidad del Municipio garantizar el desplazamiento y cruce de las calles del distrito a través de distintos medios de prevención y señalética.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo con el fin de reiterar el pedido de que se contemplen las acciones pertinentes para la pronta demarcación de las sendas peatonales en la calle J. Zamora en su intersección con Gabriela Mistral, Luis Vernet y Zapata, Villa Centenario.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.