SENDAS PEATONALES EN J ZAMORA

VISTO: 
La necesidad de garantizar el desplazamiento y cruce de los peatones en la calle J. Zamora en su intersección con Gabriela Mistral, Luis Vernet y Zapata, Villa Centenario, y

CONSIDERANDO:
Que en las inmediaciones de la mencionada calle con sus respectivas intersecciones se encuentran la EP 97, ES 50, Jardín 921 y EP 19, establecimientos a los que concurren diariamente cientos de niños acompañados, en general, por su familia.
Que es fundamental prevenir accidentes en la vía pública producto de las altas velocidades que desarrollan los vehículos que se desplazan por la zona.
Que es responsabilidad del Municipio garantizar el desplazamiento y cruce de las calles del distrito a través de distintos medios de prevención y señalética.


POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Departamento Ejecutivo con el fin de que se contemplen las acciones pertinentes para la pronta demarcación de las sendas peatonales en la calle J. Zamora en su intersección con Gabriela Mistral, Luis Vernet y Zapata, Villa Centenario.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.