SUBVENCIÓN BIBLIOTECAS POPULARES
VISTO:
La difícil situación que atraviesan las Bibliotecas populares a la cual se suma el retraso en el cobro de la subvención que se otorga a través de la Dirección de Bibliotecas de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que la ley 14777/15 crea el Sistema Provincial de Bibliotecas de la provincia de Buenos Aires con la finalidad de garantizar el funcionamiento de las bibliotecas en todo el territorio de la provincia, como así también el derecho a la lectura, la formación y el acceso a la información.
Que el artículo 8 de la ley 14777 establece subvenciones mensuales a las Bibliotecas registradas en el Sistema Provincial de Bibliotecas para solventar los gastos corrientes de funcionamiento, organización, adquisición de material bibliográfico.
Que dichas subvenciones no se están ejecutando por parte del estado provincial desde el mes de noviembre del año 2021.
Que las bibliotecas han estado cerradas al público cumpliendo con el protocolo del gobierno por Covid-19, manteniendo el trabajo desde el domicilio de cada trabajador (home office), algunas actividades en forma virtual y cuando se permitió en forma presencial, cumpliendo los requisitos correspondientes ante el Covid-19, para mantener la documentación al día y brindar a los usuarios la atención correspondiente.
Que, con el confinamiento, las actividades se suspendieron totalmente provocando una gran crisis económica agravando la situación de las ya exiguas arcas de las instituciones.
Que en muchos casos cuentan con empleados que trabajan a tiempo parcial por no poder pagarles jornada completa con las cargas sociales correspondientes y sindicato, gastos de limpieza y mantenimiento, honorarios contables, pagos de servicios, y otros gastos que surgen en el uso.
Que la situación es alarmante ya que con la recaudación por las cuotas de los socios apenas cubren un tercio del monto necesario.
Que las Bibliotecas son fundamentales para el desarrollo intelectual de la población tanto como las escuelas y otras instituciones educativas y están en riesgo de desaparición o muy retrasadas en sus instalaciones y nuevas tecnologías, sin mencionar que muchas cubren sólo gastos de sueldos de sus empleados siendo este el único capital para ese fin; cualquier retraso implica trabajar sin cobrar.
Que resulta imperioso el cobro, sin retraso y con estabilidad, del subsidio de Dirección de Bibliotecas
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige a al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Axel Kicillof; a la Subsecretaria de Políticas Culturales, Victoria Belloni; a la Dirección Provincial de Coordinación de Políticas Culturales, Director Provincial Mariano Esteban Fain; al Director de Bibliotecas y Promoción de la Lectura, Prof. Sergio Frugoni con el fin de expresar su preocupación y solicitar de arbitren las medidas conducentes para que se garantice, sin retraso y con estabilidad, el pago de la subvención que se otorga a las bibliotecas a través de la Dirección de Bibliotecas de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.