TAPA BOCA DE TORMENTA E. DE LOS ANDES Y FILARDI

VISTO: 
La problemática planteada por los vecinos de las calles Ejército de los Andes y Antonio Filardi, Villa Fiorito, y
CONSIDERANDO:
Que la boca de tormenta (foto adjunta del 02/11/21) ubicada en la intersección de las calles mencionadas  se encuentra sin la tapa que debe cubrir el desagüe y con residuos que lo obstruyen debido a esta falta.
Que ello es un considerable peligro con riesgo de accidente para los vecinos que por allí transitan, sobre todo niños pequeños que pueden pasar corriendo o caminando distraidos, ancianos, personas con discapacidad visual y/o motora.
Que la boca de sumidero (foto adjunta del 02/11/21) se encuentra tapada por maderas, piedras  que se acumulan y obstruyen el normal funcionamiento del desagüe.
Que este es uno de los hechos que facilita que se produzcan inundaciones en los días de lluvia moderada e intensa lo que es un considerable riesgo para quienes por allí circulan.
Que se observa la socavación de la tierra en derredor de la columna (foto adjunta del 02/11/21)  de alumbrado público generando lo cual es factor de peligro para quienes se desplazan por la zona ante el riesgo de su caída, con los consecuentes daños que ello pueda generar.
Que es un barrio en el que se encuentran comercios de diferentes rubros por lo cual son calles muy transitadas tanto por peatones como por vehículos.
Que es deber del Municipio observar y controlar las bocas de tormenta, sumideros y columnas de alumbrado público.
                        
POR TODO ELLO:
                                EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:

COMUNICACIÓN

ARTÍCULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al       Departamento Ejecutivo para que, a través del área pertinente, proceda a la mayor brevedad a:

- colocar la tapa de boca de tormenta
- desobstrucción de boca de sumidero
- solucionar el problema de socavado en derredor de la columna de alumbrado público
en la intersección de las calles Ejército de los Andes y Antonio Filardi, Villa Fiorito

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la presente con su Visto y sus Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- De forma.