violación de DDHH en Venezuela
VISTO:
El retiro del apoyo por parte del Gobierno Nacional a la demanda presentada ante la Corte Penal Internacional de La Haya por crímenes de lesa humanidad en Venezuela, y
CONSIDERANDO:
Que la demanda se realizó con el objetivo de defender los derechos humanos y en la búsqueda de una salida pacífica a la crisis que está viviendo el pueblo venezolano.
Que Argentina ha sido uno de los países que más ha recibido a inmigrantes provenientes de Venezuela en los últimos años.
Que la mencionada demanda fue respaldada por organizaciones intergubernamentales como la Oficina de la Alta Comisionado de DD.HH de Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Que en el año 2019, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina recabó 44 testimonios de ciudadanos venezolanos, cuyos derechos humanos fueron violados por régimen de Nicolás Maduro.
Que en el año 2020, la Misión Internacional Independiente de las Naciones Unidas de determinación de los hechos sobre Venezuela reportó que tanto el gobierno, como los agentes estatales y los grupos que trabajaban con ellos han cometido violaciones flagrantes de los derechos humanos en ese país.
Que en el año 2021, la Alta Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, ha informado mediante un discurso que las violaciones a los DDHH continúan en Venezuela, con el agravante de que el régimen utiliza la pandemia para profundizar su sistema de control y represión.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LA LEY LE OTORGA, SANCIONA LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Lomas de Zamora se dirige al Sr. Presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández, a fin de manifestar el más enérgico repudio por su decisión de retirar el apoyo a la demanda presentada ante la Corte Penal Internacional de La Haya por crímenes de Lesa Humanidad en Venezuela atribuidos al régimen de Nicolás Maduro.
ARTICULO 2°: Apruébase la presente con su visto y sus considerandos.
ARTICULO 3°: De forma